Folleto Explicativo de Rodmar Asesores
En cumplimiento por lo dispuesto en el capítulo 32, apartado 12, incisos 5 y 6, de la Circular Única de Seguros y Fianzas, publicada el diecinueve de diciembre del dos mil catorce, en correlación con los numerales 91,93, 94,96 y 105 todos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas que entró en vigor el cuatro de abril del dos mil quince, quien suscribe Rodmar Asesores Agente de Seguros y de fianzas, S.A. de C.V., representada por el Lic. Ramiro Rodríguez Magaña, debidamente acreditado por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas bajo la Cédula de Seguros con folio número Y294751 y Cédula de Fianzas con folio número C254651, en mi calidad de Intermediario con la Institución con la cual Usted está contratando servicios de Seguros o Fianzas, por medio del presente documento a Usted Contratante, Beneficiario, Asegurado o Fiado, le hago saber qué;
- Por ningún motivo acceda a entregar, a quien suscribe, dinero o contraprestación alguna, sin perjuicio de la comisión que recibo de las instituciones, por los servicios que presto o por los servicios distintos a la intermediación.
- Toda contraprestación que Usted pague en cumplimiento de liquidación de sus pólizas o fianzas deberá estar sustentado por comprobante original y con sustento fiscal digital, expedido por la Institución emisora y responsable con la que está Usted contratando, por lo que por ningún motivo acepte vales provisionales, informales o personales expedidos por quien suscribe.
- En la misma tesitura del inciso anterior, por ningún motivo, entregue anticipos por concepto de la contratación del Seguro o coberturas adicionales, respecto de los Seguros o Fianzas que contrate por intermediación de quien suscribe.
- Asimismo, quien suscribe le exhorta a Usted como Contratante, Beneficiario, Asegurado o Fiado a verificar que la documentación adjunta al presente concuerde con su solicitud y que la misma contenga información de anuencia o registro ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
- El que suscribe el presente Folleto Explicativo carece de facultades para aceptar riesgos y suscribir o modificar pólizas, siendo esta facultad exclusiva de la Institución de que se trate.
Por lo anterior, reiterándole que Rodmar Asesores Agente de Seguros y de fianzas, S.A. de C.V. únicamente funge como Intermediario, Asesor Especializado, Facultado y Registrado, para brindarle consultoría en la celebración, conservación o modificación de los contratos de Seguro o de Fianza, en beneficio exclusivo de Usted, y con el objetivo de fortalecer la transparencia en el ejercicio de las actividades de intermediación, previniendo un conflicto de intereses, le hago saber también que el que suscribe el presente Folleto Explicativo, es representante y/o agente autorizado de las instituciones siguientes:
- AXA SEGUROS S.A. DE C.V.
- ANA COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A. DE C.V.
- ALLIANZ MÉXICO, S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS
- GRUPO MEXICANO DE SEGUROS, S.A. DE C.V.
- GRUPO NACIONAL PROVINCIAL S.A.B.
- MAPFRE MÉXICO, S.A.
- ZURICH COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A.
- ZURICH VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
- HDI SEGUROS (HDI SEGUROS S.A. DE C.V.)
- SEGUROS BANORTE, S.A. DE C.V.
- THONA SEGUROS, S.A. DE C.V.
- SEGUROS ARGOS, S.A. DE C.V.
- PAN AMERICAN MÉXICO, COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A. DE C.V.
- SEGUROS ATLAS, S.A.
- CHUBB SEGUROS MÉXICO, S.A.
- BUPA MÉXICO COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A. DE C.V.
- QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. DE C.V.
- AIG SEGUROS MÉXICO, S.A. DE C.V.
- INSIGNIA LIFE S.A. de C.V.
- PREVEM SEGUROS S.A. DE C.V.
- SEGUROS AFIRME S.A. DE C.V.
- SEGUROS VE POR MÁS, S.A.
- SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD NOVA, S.A. DE C.V.
- ASEGURADORA ASERTA, S.A. DE C.V. GRUPO FINANCIERO ASERTA
- DORAMA, INSTITUCION DE GARANTIAS, S.A.
- CHUBB FIANZAS MONTERREY, ASEGURADORA DE CAUCIÓN S.A.
- SOFIMEX, INSTITUCIÓN DE GARANTÍAS, S.A.
- ASEGURADORA INSURGENTES, S.A. DE C.V. GRUPO FINANCIERO ASERTA
- AFIANZADORA FIDUCIA S.A. DE C.V.
- BERKLEY INTERNATIONAL FIANZAS MÉXICO, S.A DE C.V.
Rodmar Asesores, Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V., en calidad de Intermediario entre Usted y la Institución de Seguros o Fianzas, según sea el caso, limitativamente estará a su disposición para guiarle y gestionar lo siguiente:
- Antes de la contratación de su póliza: detectar, verificar y estudiar las necesidades que se deberán atender y para las cuales obtener cobertura y/o amparo y, de esta manera, otorgar una recomendación del contrato de seguro o fianza que más se adecue a dichas necesidades. Posteriormente, a la solicitud de su contrato o póliza, verificar su correcta emisión e integrar la totalidad de la documentación inherente, explicando los términos y condiciones a las cuales se sujeta su contrato o póliza.
- Durante la vigencia de su contrato: informarle sobre modificaciones que en su caso se vea involucrada su póliza por cualquier causa, así también en orientarle si posteriormente a la emisión de su póliza se presenta la necesidad de modificar alguna de sus coberturas. De igual manera, en caso de que la liquidación de su póliza sea en dos o más exhibiciones, hacerle llegar los correspondientes documentos fiscales expedidos por la Institución de que se trate que respalde los pagos que Usted haya efectuado.
- En la eventualidad de que ocurra un siniestro: orientarle otorgándole consultoría desde el momento en que se da el siniestro hasta la conclusión del mismo ya sea por pago directo o reembolso de la Institución de Seguros, así como asesorarle en la integración de la documentación e información necesaria para su reclamación y, en su caso, explicarle correctamente el motivo de la no procedencia de algún evento.
- Durante el proceso de renovación de su contrato o póliza: notificarle oportunamente el fin de la vigencia de la misma, así como las condiciones de la renovación, a efecto de que conozca los términos y políticas de la Institución contratada, en correlación con la legislación aplicable. De igual manera se le notificará en caso de que la Institución contratada pueda otorgarle beneficios distintos y/o adicionales en su cobertura, con el objeto de que, a su exclusiva reserva y decisión, contrate o renueve su póliza y coberturas seleccionadas amparadas en el mismo o más amplio término en que usted inicialmente contrató.
Usted, como Contratante, Beneficiario, Asegurado o Fiado, tiene el derecho de consultar ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, que es una Institución dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la veracidad de la autorización otorgada como agente certificado de quien suscribe, así como el historial registrado ante esta autoridad, en el siguiente sitio web:
www.cnsf.gob.mx/EntidadesSupervisadas/OtrasPersonasSupervisadas/Paginas/BusquedaAgentesApoderados
Quien suscribe cuenta con una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Profesional, vigente bajo el número 07000089 ante Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V., respecto de errores u omisiones en los cuales pudiera incurrir por su actividad como intermediario entre Usted y la Institución que está contratando.
Acompañado del presente documento, quien suscribe debe entregarle en documento original o en su caso de manera digital:
- La Carátula de la Póliza correspondiente a la contratada por Usted.
- Las Condiciones Generales y demás documentación relacionada con el Seguro o Fianza contratados por Usted.
- El recibo o recibos expedidos por la Institución, contra el pago de las primas, explicándole claramente al Asegurado los elementos que contienen estos documentos, para su plena validez.
Atentamente,
___________________________________________________
Rodmar Asesores Agente de Seguros y de Fianzas, S.A de C.V
Lic. Ramiro Rodríguez Magaña
Representante Legal
Cedula tipo W. Vida, accidentes y enfermedades y daños excepto agrícola.